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(English) Solidarizándome con Asociación de Internautas (“fallo” de la justicia)

martes, 28 de junio de 2005 Dejar un comentario Ir a comentarios

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  1. anne
    martes, 28 de junio de 2005 a las 19:20 | #1

    Welcome to the censura.

    Yo me he pensado afiliar tambien.

  2. Estradivarius
    miércoles, 29 de junio de 2005 a las 09:52 | #2

    Pues creo que estais equivocados, lo que se deduce de la sentencia es que no se puede dar cobertura a un hecho ilicito, como lo es el atentar contra el honor de una determinada persona, ya sea Teddy Bautista o una persona cualquiera. La AI es responsable subsidiario por apoyar y mantener (a sabiendas) una página en la que se difamaba y calumniaba a alguien. Tu mismo Jorge amenazaste con llevar a juicio a Noticiasdot.com por injurias contra tu persona (no al que escribió, sino al que lo sustentaba), -¿que diferencia hay con respecto a esto?. Si la AI sabí­a que se estaban comentiendo injurias y no hacia nada, es responasble subsidiario. Y no considero que sea un atentado a la libertad de expresión porque la condena es sólo a quitar las expresiones ofensivas, NO los artí­culos en si. Es decir, se puede decir lo mismo sin insultar a nadie.

  3. miércoles, 29 de junio de 2005 a las 10:25 | #3

    Estradivarius,
    Te equivocas. El ofensivo artí­culo de Noticiasdot.com lo escribió una persona de Noticiasdot.com (el Director y Redactor Jefe).
    Lo de putasgae.org lo escriben unos señores sin identificar, y se responsabiliza de ello al ISP (Internautas.org). Es como si a mí­ me pusiesen una denuncia cada vez que tú ofendieses a alguien en los comentarios de mi blog (no digo que lo hagas, es un ejemplo ;-) )
    -¡Es como si el responsable del contenido de una publicación no fuera el editor del periódico, sino el señor del quiosco!
    Con esta sentencia, gente como Blogger, o cualquier proveedor de espacio en la red es responsable de censura PREVIA. O sea, antes de que un juez pueda determinar lo que es legal o no, lo has de quitar si alguien te lo pide, o bien pagar si en un juicio se demuestra que ha infringido la ley.
    Colaboracionista, o responsable antes de que haya un juicio. Impresentable.
    (Aunque es cierto que se pueden decir las cosas sin ofender y sin llamar a nadie “pendejo”).

  4. Estradivarius
    miércoles, 29 de junio de 2005 a las 11:28 | #4

    No, Jorge, no, discrepo contigo, lee bien la demanda:

    “FUNDAMENTOS DE DERECHO

    PUNTO PRIMERO:
    [...] al considerar que en los contenidos de la página web http://antisgae.internaturas.org [...] aparecen publicadas expresiones atentatorias contra el derecho al honor de los actores
    [...]
    “PUNTO QUINTO:
    [...]Lo cierto es que la demandada afirma [...] que ha servido de “mirror” de los contenidos elaborados por la Plataforma y que ofreció albergue a dicha Plataforma para que publicara sus contenidos”

    Primero hay que tener en cuenta que

    Es decir la AI no era inconsciente de que se estaban produciendo esos hechos (como lo puede ser telefónica), no se ha limitado a dar servicio de ISP (que por otro lado no es), sino que tambien ha dedicado esfuerzo en difundir los contenidos de dicha página, activamente. En barrapunto ponen un ejemplo muy gráfico, si tu dejas una excavadora, en marcha, en un lugar público, sóla y un loco coge la excavadora y atropella a 50 personas, ten por seguro que el conductor de la excavadora puede ser demandado como responsable subsidiario. Pero es que además la AI no solo dejó la excavadora, sino que mientras el loco atropellaba a la gente le señalaba y no hacia nada. Hay que tener en cuenta que la AI cedió su dominio a una Plataforma porque se le habia quitado el dominio “www.putasgae.org” por considerarlo injurioso, así­ como su contenido.

    Sobre tu mismo caso, Noticiasdot se dedica a dar soporte a la persona que escribió el artí­culo, ni siquiera puedes asegurar que dicha persona tenga una relación contractual con Noticiasdot, pero tu entiendes (como puede entender la SGAE) que al dar cobetura a dicha persona, tambien ellos son responsables (porque al fin y al cabo ellos son los que difunden).

  5. Estradivarius
    miércoles, 29 de junio de 2005 a las 11:33 | #5

    El “Primero hay que tener en cuenta que” no se que pinta ahí­, lo siento, que nadie crea que le falta algo..

  6. miércoles, 29 de junio de 2005 a las 15:16 | #6

    Es evidente que lo que hací­a putasgae no era muy legal, pero legalismos a parte (que ya sabemos quien hace las leyes y para que) me parece que desde el punto de vista ético era una propuesta muy buena. Si la legislación apoya a ladrones y estafadores varios amparándose en una mentira tan grande como el beneficio de la ciudadaní­a, algo habrá que hacer y si hay que quebrantar la ley para hacerlo pues adelante. El buen ciudadano hace lo que es justo, no lo que es legal. Como dicen los de Creative Commons “es fácil si eliminas a los intermediarios”, pues eso, eliminemos a los intermediarios con todas las herramientas de las que dispongamos (hasta las ilegales). Cuando prohiban las redes p2p (que lo harán) yo seguiré usándolas (y el ftp, y el gmail y lo que sea) porque compartir la cultura beneficia a todos excepto a aquellos que quieren obtener un beneficio económico de un trabajo que no es suyo, es decir, los intermediarios como la sgae y los manteros que hacen exactamente lo mismo, son un cáncer para la cultura, solo que unos están protegidos por la ley y otros no.

  7. Jose Miguel
    miércoles, 29 de junio de 2005 a las 18:20 | #7

    Me temo que te equivocas, Jorge, si la memoria no me falla, la AI apoyó la LSSI, que dice que el prestador del servicio de alojamiento está exento de responsabilidad por los contenidos en el caso de que no tenga conocimientos de los mismos. Lo que parece increí­ble a todo el mundo puesto que era el único subdominio alojado en su servidor. Aún así­ la denuncia de SGAE les advierte de dichos contenidos y les libera de culpa en caso de ser retirados, y no lo hicieron.

    No pueden decir ahora que no sabí­an lo que se cocí­a allí­.

    Son ví­ctimas de su propio desatino al apoyar la LSSI, les cae encima la losa que esculpieron ellos mismos.

    Sorry. RIP.

  8. miércoles, 29 de junio de 2005 a las 22:00 | #8

    No creo que el caso concreto de la AI y la SGAE responda al caso general de intermediación aséptica tí­pica de los prestadores de servicios (aunque la AI a presentado recurso y ya veremos).

    Estoy totalmente en contra de que a un prestador de servicio aséptico (como por ejemplo Yahoo! con sus listas de correo) se le pueda hacer responsable de cómo se usen sus servicios, pero estoy de acuerdo con Estradivarius en que la AI sabí­a qué se cocí­a en “putasgae” (a mí­ al menos el nombre me harí­a sospechar algo ;) )

    Lo que sí­ estoy en desacuerdo es en la necesidad e inteligencia de utilizar los insultos cuando se pueden utilizar otros recursos como la crí­tica irónica, que quedas de PM, dices básicamente lo mismo, y es muy difí­cil que te pongan una demanda por atentar al honor.

    Pero bueno, allá cada uno con las tácticas que elige y las consecuencias que estas tengan…

    (Y en cualquier caso la cuantí­a de la sanción me parece exagerada, pero ese es otro tema.)

    Saludetes

  1. martes, 28 de junio de 2005 a las 22:26 | #1
  2. viernes, 1 de julio de 2005 a las 19:20 | #2
  3. lunes, 6 de febrero de 2006 a las 12:33 | #3
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